Indulgencias
Indulgencias: Conceptos generales
- La CONFESIÓN (Sacramento de la Penitencia o de la Reconciliación) perdona la culpa y la pena eterna, pero la purificación total exige una mayor colaboración con Dios por los sufrimientos de esta vida y por los del Purgatorio.
- La INDULGENCIA es «la remisión de la pena temporal debida por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa». La indulgencia puede ser PLENARIA O PARCIAL.
La mayor colaboración en esta vida se da en la indulgencia plenaria: DIOS PERDONA TODO EN PREMIO A LO QUE HACE EL HOMBRE, SEGÚN LO ESTABLECIDO POR LA IGLESIA.
El Rosario es una determinada manera de orar en la que distinguimos quince (ahora veinte) decenas de Avemarías, intercalando la oración del Señor, y meditando piadosamente en cada una de estas decenas los misterios de nuestra redención. Sin embargo, se introdujo la costumbre de llamar también «Rosario» a una parte del mismo.
Indulgencia Plenaria con el Rosario
«Se confiere INDULGENCIA PLENARIA si el Rosario se reza en una iglesia o un oratorio público o en familia, en una comunidad religiosa o asociación pía; se otorga una indulgencia parcial en otras circunstancias» .
(Enchiridion de Indulgencias, p. 67).
- Que se recen las cinco decenas del Rosario sin interrupción.
- Que las oraciones sean recitadas y los Misterios meditados.
- Si el Rosario es público, los Misterios deben ser anunciados.
- Además, las tres siguientes:
- Confesión sacramental (una semana antes o después).
- Oraciones por las intenciones del Papa.
- Desafecto total al pecado, incluso venial.
La indulgencia puede ser aplicada por los difuntos.
La indulgencia plenaria sólo puede ganarse una vez al día
(excepto en peligro de muerte).
Indulgencias Parciales
La Iglesia también concede una indulgencia parcial por cada una de las Avemarías que se rezan durante el Rosario.
Si no se dan las condiciones para obtener la indulgencia plenaria, se gana indulgencia parcial